NOVEDADES OCTUBRE 2011


Juegos Panamericanos Guadalajara 2011
Judo : Miercoles 26 a Sábado 29 de Octubre
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CUATRO LIBROS PARA LEER, entre ellos MIYAMOTO MUSASHI


ENTRENAMIENTO DE FUERZA MODELO HAITI
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MUNDIAL DE JUDO: Medallas para Colombia.

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SE ACERCA EL NACIONAL UNIVERSITARIO

Dale una mirada a las reglas 2010 para la competencia,
 aquí algunos VIDEOS DE EJEMPLO
dale respuesta a todas tus preguntas!!!!
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RESOLUCIÓN No
Junio de 2011

Por la cual se definen los reglamentos de juegos y Torneos Universitarios Nacionales

EL COMITÉ GESTOR Y LA COMISIÓN TÉCNICA NACIONAL DE LA RED DE ASCUN-DEPORTES EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, ESTATUTARIAS Y CONSIDERANDO:

a. Que la constitución política de Colombia de 1991 en su artículo 52 dice: El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano.

El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto

público social.

Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del

deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las

organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas

b. Que la Ley 181 de enero de 1995, garantiza el fomento del deporte, la recreación el aprovechamiento del tiempo libre y crea el Sistema Nacional del Deporte.

Que en el artículo 49 del la Ley 181 de 1995, establece que el Sistema Nacional del Deporte desarrolla su objeto a través del deporte social comunitario, el deporte universitario y el deporte competitivo, el deporte de alto rendimiento, el deporte aficionado, el deporte profesional, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, mediante las entidades que hacen parte del Sistema.

a) Que la Ley 30 de 1992 establece en su artículo 117 que “Las instituciones de educación superior deben adelantar programas de bienestar entendidos como el conjunto de actividades que se orienten al desarrollo físico, psico-afectivo, espiritual y social de los estudiantes, docentes y personal administrativo. En el mismo sentido, establece en el artículo 119 que las Instituciones de Educación Superior (IES), garantizarán campos y escenarios deportivos, con el propósito de facilitar el desarrollo de estas actividades en forma permanente.

b) Que mediante el Acuerdo 03 de 1995 el Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), establece las políticas nacionales de Bienestar Universitario y en su artículo 18 establece, entre otras disposiciones, que las instituciones educativas deben motivar la práctica deportiva y fomentar el espíritu de superación a través de una sana competencia, estimulando el desarrollo de actitudes deportivas, la formación correspondiente y la participación de toda la comunidad.

c) Que mediante el Acuerdo 02 de 2008 del Consejo Nacional de Rectores, la ASCUN definió la estructura y funcionamiento de la Red de Bienestar y estableció como una de sus áreas temáticas la Red de ASCUN-Deportes.

d) Que la Red de ASCUN-Deportes con el apoyo de Coldeportes se encarga de establecer los mecanismos, normas y procedimientos requeridos para garantizar la organización de los Juegos Universitarios Nacionales.

e) Que mediante la Resolución 04 de 2010 el Director Ejecutivo de ASCUN y la Coordinadora Nacional de la Red de ASCUN-Deportes, definieron el Reglamento General para la realización de los Juegos y Campeonatos Universitarios Nacionales.

RESUELVE:
Artículo 1: Aprobar los reglamentos para los juegos y campeonatos nacionales de ASCUNDEPORTES, a partir de 2011.
......
REGLAMENTO TÉCNICO DE JUDO
Artículo 82: El Torneo Universitario Nacional de Judo, se regirá por los requisitos establecidos en la Reglamentación General de Juegos Universitarios Nacionales y por las reglas de juzgamiento de la Federación Internacional de Judo.

Artículo 83: El Torneo Universitario Nacional se realizará en ambas ramas, masculino y femenino, con un cupo de 20 damas y 20 varones

Artículo 84: MODALIDADES Y DIVISIONES.
MODALIDAD SHIAI
MASCULINO FEMENINO
Hasta - 55 Kgs. Hasta - 44 Kgs.
De 55 hasta - 60 Kgs. De 44 hasta - 48 Kgs.
De 60 hasta - 66 Kgs. De 48 hasta - 52 Kgs.
De 66 hasta - 73 Kgs. De 52 hasta - 57 Kgs.
De 73 hasta - 81 Kgs. De 57 hasta - 63 Kgs.
De 81 hasta - 90 Kgs. De 63 hasta - 70 Kgs.
De 90 hasta - 100 Kgs. De 70 hasta - 78 Kgs.
Más de 100 Kgs. Más de 78 Kgs.

MODALIDAD NAGUE NO KATA Y KATAME NO KATA:
Masculino las dos katas completas Femenino las dos katas completas
MODALIDAD POR EQUIPOS
-60 Kilos, -66, -73, -81 y + de 81 kilos -52 Kilos, -57, -63, -70 y + de 70 kilos.

Artículo 85: TIEMPO DE COMBATE.
Los combates se realizarán en masculino y femenino a cinco (5) minutos.

Artículo 86: NIVELES.
a. Aprendices:
• Judokas con cinturón naranja, verde, azul o marrón.
• Que NO hayan participado en campeonatos nacionales federativos en las categorías sub 20, sub 23 o Mayores.
• Que no hayan participado en dos eventos nacionales oficiales de ASCUN-Deportes durante los dos últimos años.

b. Experimentados:
• Deportistas con el grado mínimo de cinturón azul

Artículo 87: TORNEO POR EQUIPOS.
• Máximo 5 competidores y mínimo 3.
• Cada equipo podrá tener hasta dos (2) suplentes.
• Todos los integrantes del equipo deben participar en el torneo individual.

Artículo 88: INSCRIPCIÓN.
• Cada regional puede inscribir máximo uno (1), deportistas por cada división de peso, en novato y uno (1) en expertos por división de peso
• Cualquier competidor que no cumpla con el peso en el cual fue inscrito y sorteado (por debajo o por encima) será eliminado de la competencia.
Artículo 89: PARTICIPACIÓN. Cada judoka podrá competir en una sola división de peso, en equipos y en las Katas.

Artículo 90: SISTEMAS DE COMPETENCIA.
• Cuando sean sorteados cinco o menos competidores, se utilizará el sistema de todos contra todos.
• Cuando sean sorteados seis o más competidores se utilizará el sistema de eliminación directa con doble repechaje y cruzado.
• En la modalidad Katas, competirán de acuerdo al orden del sorteo.
Artículo 91: PESAJE. Se realizará el mismo día de las competencias en cada división de peso de las 6 a.m. a las 7 a.m. el extraoficial y de las 7 a.m. a las 7:30 a.m. el pesaje oficial.

Artículo 92: PREMIACIÓN. En cada una de las pruebas se otorgarán medallas así: Una (1) de oro, una (1) de plata y dos (2) de bronce.
Artículo 93: UNIFORMES. La presentación del uniforme azul será opcional.

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